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EL DERECHO COMO DOGMA


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Cinco “Dogmas Jurídicos” sobre la sigilosa adhesion del Perú a la CONVEMAR

Por: Juan Carlos LIENDO O’CONNOR Ex Director Nacional de Inteligencia (DINI)

Lima, 14 de Junio del 2025

El Derecho como Dogma

A propósito del legítimo debate sobre la sigilosa adhesión a la CONVEMAR por parte del Estado Peruano, a partir de la reciente firma del Acuerdo sobre la Conservación y Uso Sostenible de la Biodiversidad Marina más allá de las Jurisdicciones Nacionales (BBNJ), conocido como el Tratado de Alta Mar, resulta importante evaluar la difusión de unos supuestos “dogmas jurídicos” que se vienen difundiendo para justificar sin visión política una adhesión sigilosa del Perú a la CONVEMAR; la posición peruana, respaldada mayoritariamente por la población y considerado explícitamente en su Constitución con respecto a la integridad y soberanía de su mar como espacio territorial de 200 millas y su influencia sobre el estado peruano por sus condiciones únicas en el mundo de biodiversidad, sistema ecológico, recursos naturales y dimensión geopolítica, exigen una amplitud de criterio superior a cualquier tipo de postura dogmática; así:

Se predica, con severidad de fundamentalismo religioso, dentro del espacio político peruano, que el Derecho es un templo inexpugnable al “antojo” y la “ideologización”. ¡Que Admirable candidez!,… Señores, el Derecho jamás ha sido una virgen de mármol, sino un artefacto forjado en las fraguas políticas, pulido por la voluntad de quienes gobiernan y, a menudo, lanzado contra la cabeza de quienes no.
Pretender que existe un Código Platónico suspendido en el éter es tan útil como un paraguas en el “parque de las aguas”.

Primer dogma: “El Derecho es una ciencia social objetiva.”
Importante es recordar que las “ciencias sociales” viven —y mueren— en la arena política. Ayer los manuales decían que la segregación era legal; hoy lo llaman crimen. Si eso no es “capricho”, pregunten a Scott Shapiro de la escuela de leyes de Yale (Legalitty, 2011).

Segundo dogma: “Hay que extirpar la subjetividad.”
¡Como si el jurista pudiera desprenderse de su época cual serpiente mudando de piel! El código napoleónico, base del ordenamiento jurídico occidental, no brotó de la tierra: lo dictó un emperador de cielos políticos muy concretos. Quien dude de la subjetividad del Derecho debería repasar la colección de constituciones que América Latina ha despachado cada vez que cambia la brisa.

Tercer dogma: “Perú no pierde soberanía porque el tratado de Alta Mar actúa más allá de las 200 millas.”
Una sutileza digna de notario, pero ingenua en diplomacia. El mar no es jardín con setos geométricos. Quien controla la alta mar regula rutas, flujos y, con un tirón de tinta, condiciona la pesca y la explotación petrolera dentro y fuera de las 200 millas. Firmar un acuerdo de este tipo sin un ojo político es invitar al zorro al gallinero porque promete quedarse en el patio vecino.

Cuarto dogma: “Si el Derecho no persigue justicia termina instrumento de poder.”
¡Noticias de último minuto!: siempre, …siempre ha sido, es y seguirá siendo instrumento de poder; la cuestión es quién empuña el martillo. El Derecho romano legitimó esclavos, el medieval coronó reyes “por gracia divina” y el contemporáneo bendice bonos soberanos (por el momento aún). Cada época llama “justicia” a su menú del día.

Quinto dogma: “No se puede inventar Derecho.”
No, se lo reinventa cada vez que la realidad patea la puerta. De otro modo aún pagaríamos diezmos y quemaríamos brujas bajo impecable trámite notarial.

En suma, venerar una “cientificidad” supuestamente pura, respecto al Derecho, es confundir el retrato con el cañón. “El Derecho no es dogma”, nace y vive de la política, se nutre de intereses, y es hijo de la costumbre. Negarlo es tan prudente como negar el fango porque uno lleva zapatos nuevos.

La importancia del mar territorial de 200 millas para el Perú, tiene carácter de interés nacional.

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